La Cumbre de Seguridad y Salud,
Habiéndose reunido en Seúl, República de Corea, el 29 de junio de 2008 con motivo del XVIII Congreso Mundial
sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, organizado conjuntamente por la Ofi cina Internacional del Trabajo,
la Asociación Internacional de la Seguridad Social (AISS) y la Agencia Coreana para la Seguridad y la Salud en
el Trabajo (KOSHA), con la participación de profesionales de alto nivel, representantes de los empleadores y
trabajadores, representantes de la seguridad social, responsables políticos y administradores,
Reconociendo las serias consecuencias que tienen las enfermedades
y accidentes relacionados con el trabajo, estimadas por la
Ofi cina Internacional del Trabajo en 2.3 millones de víctimas
por año a nivel mundial y una pérdida económica del 4 por ciento
del producto interior bruto global (PIB),
Reconociendo que el avance en la seguridad y salud en el trabajo
tiene un impacto positivo en las condiciones laborales, la
productividad y el desarrollo económico y social,
Recordando que el derecho a un medio ambiente de trabajo
seguro y saludable debe ser reconocido como un derecho humano
fundamental y que la globalización debe ir acompañada de
medidas preventivas para garantizar la seguridad y salud de todos
en el trabajo,
Reconociendo la importancia de los instrumentos de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT) en materia de
seguridad y salud en el trabajo y el importante papel que desempeña
la AISS y sus miembros en lo que se refi ere a la aplicación de
esos instrumentos,
Recordando que la promoción de la seguridad y salud en el trabajo
y la prevención de los accidentes y enfermedades en el trabajo son
elementos fundamentales de la misión fundacional de la OIT y
de la Agenda de Trabajo Decente,
Recordando que la prevención de los riesgos profesionales y la
promoción de la salud de los trabajadores constituyen una parte
fundamental del mandato de la AISS y de su Marco Conceptual
de la Seguridad Social Dinámica,
Reconociendo la importancia de la educación, formación,
consulta e intercambio de información y buenas prácticas en la
prevención y la promoción de medidas preventivas,
Reconociendo el importante papel que desempeñan los gobiernos
y los interlocutores sociales, las organizaciones profesionales de
seguridad y salud y las instituciones de seguridad social en la
promoción de la prevención y en la prestación de servicios de
tratamiento, apoyo y rehabilitación,
Reconociendo la importancia que reviste la cooperación entre
organizaciones internacionales e instituciones,
Encomiando el progreso alcanzado en el mejoramiento de la
seguridad y salud en trabajo a través de acciones internacionales
y nacionales.
Declara que
1. La promoción de altos niveles de seguridad y salud en el trabajo es responsabilidad de la sociedad en su conjunto y que todos los
miembros de la sociedad deben contribuir a alcanzar este objetivo, garantizando que los planes nacionales concedan prioridad a
la seguridad y salud en el trabajo, así como al establecimiento y fomento de una cultura nacional de prevención en materia de
seguridad y salud en el trabajo.
2. Una cultura nacional de prevención en materia de seguridad y salud en el trabajo es aquella en la que el derecho a un medio
ambiente de trabajo seguro y saludable se respeta en todos los niveles, en la que el gobierno, los empleadores y los trabajadores
participan activamente en iniciativas destinadas a garantizar un medio ambiente de trabajo seguro y saludable mediante un
sistema de derechos, responsabilidades y deberes bien defi nidos, y en la que se concede la máxima prioridad al principio de
prevención.
3. El progreso continuo de la seguridad y salud en el trabajo debería ser promovido mediante la introducción de sistemas de gestión
de seguridad y salud en el trabajo que incluyan el desarrollo de una política nacional que tenga en cuenta los principios de la
parte II del Convenio sobre la Seguridad y Salud de los Trabajadores, 1981 (núm.155) de la OIT.
4. Los gobiernos deberían
• Considerar prioritario la ratifi cación del Convenio sobre el Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo,
2006 (núm.187) de la OIT, así como otros convenios pertinentes de la OIT en materia de seguridad y salud en el trabajo, y
deberían garantizar la aplicación de sus disposiciones para mejorar el funcionamiento nacional de la seguridad y salud en el
trabajo de manera sistemática.
• Garantizar que se realicen acciones continuadas para crear y reforzar una cultura nacional de prevención en seguridad y salud
en el trabajo.
• Garantizar que la seguridad y salud laboral de los trabajadores esté protegida por un sistema adecuado y apropiado de ejecución
de normas de seguridad y salud, que incluya un sistema sólido y efi caz de inspección laboral.
5. Los empleadores deberían garantizar que
• La prevención es una parte integral de sus actividades, puesto que el buen desempeño empresarial va acompañado de normas
de alto nivel de seguridad y salud en el trabajo.
• Los sistemas de gestión de seguridad y salud estén establecidos de manera efi caz para el mejoramiento de lugares de trabajo
seguros y saludables.
• Los trabajadores y sus representantes sean consultados, capacitados, informados e implicados en todas las medidas relacionadas
con su seguridad y salud en el trabajo.
6. Afi rmando el derecho de los trabajadores a un medio ambiente de trabajo sano y saludable, los trabajadores deberían ser consultados
sobre cuestiones que afecten a la seguridad y salud; y deberían
• Seguir las instrucciones sobre seguridad y salud y sus procedimientos, incluido el empleo de equipo de protección personal.
• Participar en los cursos de formación sobre seguridad y salud, y las actividades de concienciación.
• Cooperar con sus empleadores en las medidas relacionadas con su seguridad y salud en el trabajo.
7. El Congreso Mundial sobre Seguridad y Salud en el Trabajo es un foro ideal para compartir los conocimientos y experiencias
encaminadas a lograr lugares de trabajos seguros, saludables y productivos.
8. Los progresos alcanzados en seguridad y salud en el trabajo deberían ser revisados con ocasión del XIX Congreso Mundial sobre
Seguridad y Salud en el Trabajo en 2011.
9. Los participantes de la Cumbre se comprometen a asumir el liderazgo en la promoción de una cultura preventiva de seguridad y
salud, y a velar por que sus planes nacionales den prioridad a la seguridad y salud en el trabajo.
